En el número 294 de diciembre de la revista de PHYTOMA España y en contexto de las 39Jornadas de Productos Fitosanitarios, se ha publicado el artículo de Sustancias básicas y sustancias de bajo riesgo escrito por Victoria Cadahía Bielza (Directora técnica AEFA. Asociación Española de Fabricantes de Agronutrientes).

A continuación reproducimos una parte del mismo, teniendo al final la posibilidad de descargarlo de forma completa en PDF

Sustancias básicas vs usos fitosanitarios

Para dar una visión general sobre las sustancias básicas y su concepto, habría que recordar algunos precedentes que dieron lugar a la inclusión de un apartado específico dedicado a estas sustancias, en el Reglamento (CE) 1107/2009 relativo a la comercialización de productos fitosanitarios. Así, en su Artículo 23, al que nos referiremos más adelante, se recogen los criterios para la aprobación de sustancias básicas. Y como excepción, se recogen en el Artículo 28 sobre autorización de comercialización y uso.

La culminación de esta inclusión fue promovida por partes del sector y de algunos estados miembros, que reclamaban una consideración especial para ciertas sustancias que se han venido utilizando tradicionalmente en la agricultura. Sustancias de las que se conocen ciertos usos fitosanitarios y que se encuentran disponibles en el mercado con otros usos principales.

El principal actor fue Francia, que lo promovió desde el comienzo, a través del Ministerio de Ecología (MEDDE) y del Ministerio de Agricultura, financiando al ITAB (Institut Technique de l´ Agriculture Biologique), instituto francés dedicado a la investigación y experimentación agrícola desde 1982.

La idea y el principio fue poner a disposición de los agricultores sustancias básicas reguladas, de uso común en otros ámbitos, como son ciertos alimentos.

El ITAB empezó en 2009 a preparar los dossiers de diversas sustancias básicas, basados en la bibliografía y en sus experimentaciones, algunas de origen botánico incluidas en la Farmacopea Europea.

Ya en la legislación francesa, en ese sentido, había un decreto sobre sustancias no preocupantes de usos fitosanitarios, adaptada con requisitos menores.

La CE publicó en 2013 una lista informativa de unas cincuenta sustancias básicas, que habían sido identificadas por los estados miembros y que podrían ser candidatas para ser presentadas/aprobadas. Esta lista, que ha ido evolucionando, tiene su última versión en el documento SANCO/10069/2013 rev.3.

Además, la CE publicó en 2014 la última revisión de la guía SANCO/10363/2012 rev.9, que es el documento de referencia y consulta, también para conocer bien las condiciones de uso y comercialización: ‘Guía para preparar las solicitudes de sustancias básicas de acuerdo con el art. 23 del Reglamento 1107/2009, para su aprobación en la UE’.

Descarga en pdfDescarga en PDF del artículo Sustancias básicas y sustancias de bajo riesgo.

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