Fortificantes, ¿Si ó No?
Desde que, hace dos años, se publicara la Orden APA 1470/2007 sobre “otros medios de defensa fitosanitaria” el escenario en España ha pasado de ser una situación encubierta a ser una situación algo caótica. ¿Era mejor la anterior o la presente?
Hasta el momento de la publicación de la citada Orden, se estaban comercializando en el país distintos formulados a base de extractos naturales en muchos casos bajo el registro de fertilizantes. Estos formulados tienen distintos efectos sobre los cultivos. Los fortificantes o fitofortificantes (como en su momento se les denominó a estos productos) tienen la propiedad general de estimular las autodefensas naturales de las plantas (fitoalexinas), permitiendo así un mejor estado fitosanitario de las mismas frente al ataque de agentes patógenos bióticos así como de situaciones externas abióticas (heladas, sequías, salinidad…).
Los responsables del entonces Ministerio de Agricultura (actualmente Ministerio de Medioambiente, medio rural y marino), entendiendo la situación real del mercado según la cual (y como siempre suele pasar) la realidad va por delante de las leyes, trabajaron (debo decir ejemplarmente) en la redacción y publicación de una Orden que pudiera dar luz verde a la comercialización de este tipo de productos en España, a la vez que dar satisfacción a la Ley de Sanidad Vegetal (Ley 43/2002). Se publicó la Orden APA 1470/2007.
El espíritu de dicha Orden, era permitir la progresiva ‘normalización’ de un mercado que ya entonces existía, aunque de una forma cuanto menos, encubierta, y desde luego incoherente con los requisitos mínimos que exige el cliente. Se abría pues, una vía para dicha regulación. Desde el sector fabricante, se aplaudió la publicación de dicha Orden, ya que un mercado normalizado y transparente, da lugar a productos garantizados y garantizables, que es lo que requiere el cliente final: el Agricultor. Esta gama de productos, destinada a ampliar las herramientas que posee el Agricultor para el desarrollo de una agricultura eficaz y medioambientalmente aceptable debía pues tutelarse desde el Ministerio y desde el sector Fabricante.
Sin embargo, dos años después, el retraso en la tramitación de los registros ha dado lugar a la absurda situación según la cual un notificador puede comercializar inmediatamente un fortificante mientras no se le deniegue el mencionado registro. Esto está provocando que productos que NO SON fortificantes, se estén comercializando con plena libertad y sin control alguno. Los fortificantes están desprestigiándose. Precisamente se está dando la situación de desamparo al cliente final que se pretendía evitar con la publicación de dicha norma.
¿Cuando terminará esta situación? ¿Podremos todavía encauzar la normalización de estos productos, dando así lugar a una nueva forma de contemplar la Agricultura del siglo XXI?
Alberto Morera Lleó
Director Gerente
José Morera, S.L.