Conoce la Directiva CSRD – Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa.

La Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa más conocida por sus siglas en inglés Directiva CSRDCorporate Sustainability Reporting Directive es la nueva legislación de la UE que obliga a todas las grandes empresas a publicar informes periódicos sobre sus actividades de impacto ambiental y social.

Su objetivo principal es una mayor transparencia y ejecución más responsable de las empresas en material de sostenibilidad, al mismo tiempo que evalúa el rendimiento no financiero a otros interesados como consumidores, inversores o entidades públicas y administración.

Esta Directiva sustituye a la Directiva 2094/95 y establece un marco común para la presentación de informes empresariales de naturaleza no financiera.

La CSRD será aplicable a las empresas según el siguiente calendario:

  • Ejercicio 2024. Empresas afectadas por la anterior normativa, Non financial reporting Directive (por sus siglas en inglés, NFRD) referentes a cotizadas grandes, entidades financieras y seguros, con más de 500 empleados.
  • Ejercicio 2025. Otras grandes empresas (otras cotizadas y no cotizadas).
  • Ejercicio 2026. Pymes cotizadas (menos de 250 trabajadores).
  • Ejercicio 2028. Empresas fuera de la Unión Europea, con requisitos específicos.
  • Las pymes y microempresas no cotizadas tienen la opción de cumplir voluntariamente.

El objetivo de la Directiva (UE) 2022/2464 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de diciembre de 2022 (CSRD) establece una seria de novedades con respecto a la anterior Directiva:

  • Las empresas deberán realizar un análisis de doble materialidad, considerando tanto el impacto financiero de sus actividades y el impacto que las cuestiones de sostenibilidad tienen o pueden tener en las finanzas de la organización (p. ej. flujos de caja, riesgo, acceso a financiación), como su impacto en el medio ambiente y la sociedad (por ejemplo, emisiones de carbono, diversidad de la mano de obra, respeto de los derechos humanos).
  • La información presentada deberá cubrir no solamente las operaciones propias, sino impactos generados por su cadena de valor.
  • La información de sostenibilidad deberá ser verificada por un tercero independiente.
  • La información deberá ser publicada y accesible. Las empresas deberán, además, preparar su información en un formato electrónico unificado (lenguaje XHTML), para ser incorporada fácilmente al Punto de Acceso Único Europeo.

La divulgación de información Las normas de presentación de los informes de sostenibilidad deberán llevarse a cabo de conformidad con los Estándares Europeos de Reporting de Sostenibilidad (ESRS) desarrollados por el European Financial Reporting Advisory Group (EFRAG).

La Directiva CSRD entró en vigor el 5 de enero de 2023, pero el 6 de julio de 2024 es la fecha límite para su incorporación a las legislaciones naciones de los diferentes Estados Miembros.

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