Comentarios Generales
Con la participación de los sectores implicados, las Administraciones Públicas, empresas y expertos de reconocido prestigio en la materia, en las Jornadas Técnicas MDF se debatió:
A.- La situación de los denominados determinados Medios de Defensa Fitosanitaria (de ahora en adelante MDF) y su lugar en una Agricultura desarrollada y moderna, como herramienta eficaz en el ámbito de la Gestión Integrada de Plagas y el uso sostenible de Productos Fitosanitarios.
B.- La tipificación de los MDF con el fin de clarificar su definición y requisitos para su Registro en el nuevo marco regulador que supone la entrada en vigor del Real Decreto, que derogará la Orden APA/1470/2007.
Por parte del MAGRAMA se informó de la situación en que se encuentra la tramitación del Real Decreto, y sobre las posibles modificaciones en el proceso de autorización que implicará la entrada en vigor del mismo; en este sentido, destacar los siguientes puntos:
- El Real Decreto se encuentra en deliberación del Consejo de Estado; ahora bien parece ser que, al tratarse de un Real Decreto de carácter “técnico” podría requerir el necesario informe de la Comisión Europea.
- Declaración responsable. Es posible que finalmente no se pueda recurrir a la “declaración responsable” como uno de los requisitos para la comercialización de los MDF, tal como aparece en el anteproyecto de Real Decreto.
- Aplicación informática: El nuevo procedimiento de inscripción en el registro, así como la nueva aplicación informática, mejorará notablemente la tramitación administrativa de los expedientes, incrementará la transparencia y la seguridad.
- Áreas de evaluación: La evaluación de los expedientes de este tipo de productos incluirá tres áreas:
- » Analítica: identificación, caracterización, composición y los correspondientes estudios.
- » Toxicología: acreditación de la clasificación toxicológica.
- » Utilidad y eficacia: ensayos de eficacia sobre usos propuestos.
Finalizadas las Jornadas Técnicas MDF, Francesc Barelles en calidad de coordinador de las Jornadas, recoge las conclusiones individuales aportadas por los ponente; las cuales una vez analizadas y consensuadas se recogen en un documento único, que se detalla a continuación.
» 1.- Destacar que en el tema de las Jornadas hay muchos puntos en común entre las Asociaciones organizadoras y el MAGRAMA, así como entre otros organismos implicados en el tema de estos MDF (CCAA, comunidad científica, etc.).
» 2.- Los MDF cumplen un papel importante en la Producción Vegetal en el marco del uso sostenible de los productos fitosanitarios; así como en el ámbito de la agricultura ecológica.
» 3.- La falta de un marco normativo suficientemente claro y la mala praxis e ineficacia de algunos de los actores implicados en los MDF, dan lugar a que actualmente existan en el mercado referencias de estos medios de defensa que no ofrecen las garantías suficientes.
» 4.- La situación del mercado hace necesaria una modificación profunda del actual marco legislativo, la Orden APA 1470/2007, por la que se regula la comercialización de determinados medios de defensa fitosanitaria; y el Real Decreto que se está elaborando ha de ser una oportunidad y ha de marcar un antes y un después en el proceso de comercialización de estos MDF. (Ver nota).
» 5.- Se ha puesto de manifiesto la falta de regulación en otros países comunitarios de este tipo de productos y la falta de referencias claras en cuanto a qué sustancias podrían ser consideradas MDF, lo que dificulta su tipificación.
Parece abierta la posibilidad de que estos productos queden tipificados como “sustancias básicas”, o “de bajo riesgo” y proceder a su Registro tal y como establece el Reglamento 1107/2009 para este tipo de sustancias. (Ver nota).
» 6.- El anteproyecto de Real Decreto presentado por el MAGRAMA es un buen punto de partida para solucionar la actual situación de los MDF pero, a tenor de las distintas intervenciones, parece aconsejable una posible revisión de su redacción para proporcionar más seguridad a todos los operadores.
» 7.- Se debería disponer de una definición clara de lo que se entiende por un MDF. Si bien es cierto que, por un lado se trata de medios de naturaleza muy dispares y con aplicaciones muy diferentes, y por el otro que la actual redacción de la definición es compatible con el artículo 2 del Reglamento 1107/20099.
En este sentido disponer la de una” lista positiva” podría ser una alternativa aconsejable, y es el objetivo que se materializará en el registro de estos MDF.
» 8.- Con independencia de su definición, el dosier de solicitud de comercialización de cualquier MDF, deberá incluir información y documentación suficiente, veraz y científicamente contrastable sobre su identidad, los riesgos que pudiera entrañar su manejo y aplicación, así como demostrar si es eficaz para los usos que se recomienda.
» 9.- El nivel de exigencia en cuanto a los requisitos de comercialización ha de estar en consonancia con la naturaleza del MDF; porque parece ser que existe un gran número productos que no entrañan riesgos significativos en su manipulación o aplicación, ni para el medio ambiente. Un dosier equilibrado sólido, claro y sencillo no está reñido con que sea riguroso y tener una base científica sólida.
» 10.- El MAGRAMA, a la vista de las intervenciones, evaluará una posible ampliación de los plazos transitorios, para la adaptación a los requisitos del Real Decreto, de los MDF que se comercializaban bajo la anterior Orden APA/1470/2007; ya que el nuevo marco normativo tendrá un cierto efecto retroactivo sobre expedientes ya presentados.
» 11.- Se considera necesario elaborar un manual de procedimiento que unificara los criterios para la tramitación de los expedientes de los MDF, por parte de los órganos competentes de las CCAA.
» 12.- En España tenemos una comunidad científica, experimentada y de prestigio dispuesta a colaborar con la industria y la administración para dilucidar dudas sobre aspectos técnicos y científicos relacionados con los MDF, basándose en metodologías contrastadas para evaluar el modo de acción de estos productos.
» 13.- Si bien fue debatido no pudo llegarse a ninguna conclusión en lo referente a trazas e impurezas.
» 14.- Se puso de manifiesto la necesidad de reducir los plazos para la resolución de expedientes; así como la de habilitar un sistema ágil de información tanto para saber qué productos están registrados, como sobre los que se están comercializando por haber sido comunicados.
Nota.- Sobre los puntos 4 y 5 no ha habido el consenso unánime de los ponentes, en cuanto a si se tenían que considerar como temas tratados o como conclusiones.
Francesc Barelles
Coordinador de las Jornadas Técnicas MDF